ORIGEN
El Concilio Vaticano II formuló abiertamente el auspicio de que fuera creado “un organismo universal de la Iglesia que tenga como función estimular a la comunidad católica para promover el desarrollo de los países pobres y la justicia social internacional” (Gaudium et Spes n. 90).
Para responder adecuadamente a este deseo Pablo VI instituyó, con un Motu Proprio publicado el 6 de enero de 1967 (Catholicam Christi Ecclesiam), la Pontificia Comisión “Justitia et Pax”.
“Justicia y Paz es su nombre y su programa” escribía el Papa dos meses más tarde en la Populorum Progressio, la Encíclica que, presentándose en cierta maniera “como un documento de aplicación de las enseñanzas del Concilio” (Sollicitudo Rei Socialis n. 6), constituye, con la Gaudium et Spes, el punto de partida y de referencia del nuevo Organismo.
Después de un período experimental de diez años de duración, el mismo Pablo VI, con un nuevo Motu Proprio (Justitiam et Pacem), del 10 de diciembre de 1976, dió a la Comisión su mandato definitivo.
Al momento de la reorganización de la Curia Romana, efectuada por la Constitución Apostólica Pastor Bonus del 28 de junio de 1988, el Papa Juan Pablo II transformó la Pontificia Comisión en Pontificio Consejo Justicia y Paz ratificándole a grandes líneas sus funciones.
FINALIDAD y MANDATO
La finalidad y el mandato del Pontificio Consejo están por tanto definidos, en modo sintético y preciso, en la Pastor Bonus, cuyo texto se propone enseguida íntegramente:
“El consejo tiene como finalidad promover la justicia y la paz en el mundo según el Evangelio y la doctrina social de la Iglesia (art. 142).
§ 1. Profundiza la doctrina social de la Iglesia, trabajando para que se difunda ampliamente y se aplique entre los hombres y comunidades, especialmente en lo que se refiere a que las relaciones entre obreros y empresarios se impregnen más y más del espíritu del Evangelio.
§ 2. Recoge informaciones y resultados de encuestas sobre la justicia y la paz, el desarrollo de los pueblos y las violaciones de los derechos humanos, los evalúa y, según los casos, comunica a las asambleas de obispos las conclusiones obtenidas; fomenta las relaciones con las asociaciones católicas internacionales y con otras instituciones existentes, incluso fuera de la Iglesia católica, que trabajen sinceramente por alcanzar los bienes de la justicia y de la paz en el mundo.
§ 3. Trabaja con afán para que se forme entre los pueblos una sensibilidad respecto al deber de promover la paz, especialmente con ocasión de la Jornada para lograr la Paz en el mundo (art. 143). Mantiene particulares relaciones con la Secretaría de Estado, especialmente cada vez que haya que tratar públicamente cuestiones referentes a la justicia y a la paz mediante documentos o declaraciones (art. 144)”.
http://www.justpax.it
El Concilio Vaticano II formuló abiertamente el auspicio de que fuera creado “un organismo universal de la Iglesia que tenga como función estimular a la comunidad católica para promover el desarrollo de los países pobres y la justicia social internacional” (Gaudium et Spes n. 90).
Para responder adecuadamente a este deseo Pablo VI instituyó, con un Motu Proprio publicado el 6 de enero de 1967 (Catholicam Christi Ecclesiam), la Pontificia Comisión “Justitia et Pax”.
“Justicia y Paz es su nombre y su programa” escribía el Papa dos meses más tarde en la Populorum Progressio, la Encíclica que, presentándose en cierta maniera “como un documento de aplicación de las enseñanzas del Concilio” (Sollicitudo Rei Socialis n. 6), constituye, con la Gaudium et Spes, el punto de partida y de referencia del nuevo Organismo.
Después de un período experimental de diez años de duración, el mismo Pablo VI, con un nuevo Motu Proprio (Justitiam et Pacem), del 10 de diciembre de 1976, dió a la Comisión su mandato definitivo.
Al momento de la reorganización de la Curia Romana, efectuada por la Constitución Apostólica Pastor Bonus del 28 de junio de 1988, el Papa Juan Pablo II transformó la Pontificia Comisión en Pontificio Consejo Justicia y Paz ratificándole a grandes líneas sus funciones.
FINALIDAD y MANDATO
La finalidad y el mandato del Pontificio Consejo están por tanto definidos, en modo sintético y preciso, en la Pastor Bonus, cuyo texto se propone enseguida íntegramente:
“El consejo tiene como finalidad promover la justicia y la paz en el mundo según el Evangelio y la doctrina social de la Iglesia (art. 142).
§ 1. Profundiza la doctrina social de la Iglesia, trabajando para que se difunda ampliamente y se aplique entre los hombres y comunidades, especialmente en lo que se refiere a que las relaciones entre obreros y empresarios se impregnen más y más del espíritu del Evangelio.
§ 2. Recoge informaciones y resultados de encuestas sobre la justicia y la paz, el desarrollo de los pueblos y las violaciones de los derechos humanos, los evalúa y, según los casos, comunica a las asambleas de obispos las conclusiones obtenidas; fomenta las relaciones con las asociaciones católicas internacionales y con otras instituciones existentes, incluso fuera de la Iglesia católica, que trabajen sinceramente por alcanzar los bienes de la justicia y de la paz en el mundo.
§ 3. Trabaja con afán para que se forme entre los pueblos una sensibilidad respecto al deber de promover la paz, especialmente con ocasión de la Jornada para lograr la Paz en el mundo (art. 143). Mantiene particulares relaciones con la Secretaría de Estado, especialmente cada vez que haya que tratar públicamente cuestiones referentes a la justicia y a la paz mediante documentos o declaraciones (art. 144)”.
http://www.justpax.it
No hay comentarios:
Publicar un comentario